Normatividad

Plan de Contingencia para la atención y ayuda humanitaria inmediata a víctimas del conflicto armado

Lunes, Diciembre 23, 2019 - 12:26

El Artículo 47 de la Ley 1448 de 2011 establece que “las víctimas recibirán ayuda humanitaria de acuerdo con las necesidades inmediatas que guarden relación directa con el hecho victimizante” y que dicha ayuda tendrá el objetivo principal de mitigar el impacto de la ocurrencia de dichos hechos, es decir de evitar el sufrimiento humano.

Tal y como se establece en el Plan de Desarrollo “Bogotá Mejor para Todos”, en el Distrito Capital se pueden apreciar “altos contrastes en cuanto a la caracterización étnica, socio cultural, económica y religiosa” y esta diversidad es el resultado de la recepción de personas de diferentes lugares del país por diferentes motivos. Uno de estos es el conflicto armado interno, lo que, entre otras cosas, ha ubicado a la ciudad como el segundo ente territorial con mayor cantidad de declaraciones realizadas por víctimas de acuerdo con el Registro Único de Víctimas – RUV.

En este sentido, es importante no solo entender que es necesario entregar ayuda y atención humanitaria a las víctimas que llegan a la ciudad, sino planear la forma en que se prestará dicha ayuda y/o atención y establecer unos protocolos que, si bien no pretenden generalizar la atención teniendo en cuenta que cada caso tiene particularidades, sí busca dar una guía a quienes tienen la responsabilidad de atender diariamente a las víctimas, para que la asistencia y atención que se entregue sea articulada e integral desde el Distrito.

Por lo anterior el Plan de Contingencia para la Atención y ayuda humanitaria inmediata a Víctimas del Conflicto Armado, tiene el objetivo principal de planificar y coordinar la intervención articulada de las instituciones que hacen parte del Sistema Distrital de Atención y Reparación Integral a las Víctimas del Conflicto Armado – SDARIV.

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Plan de Acción Distrital 2019

Martes, Octubre 1, 2019 - 11:25

El Plan de Acción Distrital es la hoja de ruta para la implementación de la política pública de víctimas en el Distrito Capital. El presente documento corresponde a la actualización para la vigencia 2019 del Plan de Acción Distrital 2016 – 2020, formulado en concordancia con los lineamientos del Plan de Desarrollo ‘Bogotá Mejor para Todos’. La actualización de dicho documento responde a los lineamientos de la Estrategia de Corresponsabilidad que en el Decreto 2460 de 2015 define el ajuste anual de los Planes de Acción a partir de la asignación de presupuesto a las entidades territoriales y la identificación de necesidades de la población víctima del conflicto armado.

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Informe 9 de abril 2019

Jueves, Septiembre 5, 2019 - 17:11

La Ley 1448 de 2011, en su artículo 142, define el 9 de abril de cada año, como el Día de la Memoria y la Solidaridad con las Víctimas del conflicto armado, fecha en la que el Estado conmemora y reconoce los hechos que han victimizado a los colombianos y colombianas. A partir de esta disposición, el Honorable Concejo de Bogotá D.C., por medio de Acuerdo 491 de 20121 (artículo 8), prevé la realización de una sesión para que “la Administración presente el informe de avance de la política” y para “escuchar a las víctimas del conflicto establecidas en la ciudad”. Sumado a lo anterior, y de acuerdo con lo estipulado en el Decreto 531 de 20152 promulgado por la Alcaldía Mayor de Bogotá D. C., el Observatorio Distrital de Víctimas del Conflicto Armado tiene como una de sus principales funciones presentar anualmente un informe de gestión, seguimiento e implementación de las acciones, proyectos y programas de la política pública de víctimas en el Distrito. Por consiguiente, la Alta Consejería para los Derechos de las Víctimas, la Paz y la Reconciliación presenta ante el Honorable Concejo de la ciudad el presente informe, para la vigencia 2018, en el que se realiza un balance de la política pública de asistencia, atención y reparación integral a las víctimas del conflicto armado en la ciudad de Bogotá.

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Informe de Medición de Indicadores de Goce Efectivo de Derechos de las víctimas del conflicto armado localizadas en Bogotá - 2019

Lunes, Abril 8, 2019 - 14:35

El presente informe muestra de manera concreta el estado actual de medición de los Indicadores de Goce Efectivo de Derechos - IGED de las víctimas del conflicto armado localizadas en Bogotá. Estos indicadores se adoptan de acuerdo a lo definido por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a Víctimas, mediante el Informe Anual del Gobierno Nacional publicado en agosto del año anterior

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IGED
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Informe 9 de abril 2017

Domingo, Abril 7, 2019 - 15:34

En vísperas del primer 9 de abril después de la firma de Acuerdo de Paz en el Teatro Colón de nuestra ciudad, hacemos este ejercicio de balance de la implementación de la política de asistencia, atención y contribución a la reparación integral a las víctimas del conflicto armado en el Distrito Capital. Encontramos que son muchos los logros alcanzados en este primer año de gobierno de “Bogotá Mejor para Todos”, pero aún hay mucho por hacer: las condiciones de la población víctima en el país y en nuestra ciudad siguen siendo precarias. En este documento se mencionan algunos de estos  avances, el camino a seguir y los retos más complejos que debemos enfrentar para dar un salto cualitativo en el logro del goce efectivo de derechos de la población víctima del conflicto armado residente en la ciudad. Hemos logrado importantes avances en cuanto a garantizar la incidencia de la población en la implementación de la política pública de asistencia, atención y reparación a la población víctima del conflicto armado. Se han generado nuevos espacios en la instancia más importante, donde se define la política pública: el Comité Distrital de Justicia Transicional (CDJT). Para este espacio se incorporó la participación de nuevos delegados por  enfoque diferencial a los Subcomités de Justicia Transicional, en los cuales la población dialoga con las instituciones para darle nuevas formas de acción a la implementación de la política. Asimismo, y de manera consecuente con la política de mujer del Distrito, y teniendo en cuenta sus luchas y su importante trabajo en los diferentes escenarios se creó un nuevo espacio en el CDJT para garantizar que su voz esté siempre presente a través de la Mesa Autónoma de Mujeres. Asimismo, venimos trabajando en el fortalecimiento del modelo de participación en el Distrito de la mano con el Ministerio del Interior y nuestros pares en las otras ciudades capitales para reconfigurar aspectos de la participación de las víctimas. Encontramos similitudes en los retos que enfrentamos y aspectos a mejorar de la mano de la Unidad Nacional para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV).

9 DE ABRIL 2017
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Informe 9 de abril 2018

Domingo, Abril 7, 2019 - 15:32

Según lo definido por el Acuerdo 491 de 2012, emitido por el Concejo de Bogotá D.C., y el Decreto 531 de 2015, promulgado por la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., el Observatorio Distrital de Víctimas del Conflicto Armado tiene como una de sus principales funciones presentar anualmente un informe de gestión, seguimiento e implementación de las acciones, proyectos y programas de la política pública de víctimas en el Distrito. De igual forma, en el marco reglamentario referido se dispone que “en concordancia con lo establecido en el artículo 142 de la Ley 1448 de 2011, el Concejo de Bogotá celebrará una sesión plenaria el 9 de abril de cada año, para que la Administración presente el informe de avance de la política y escuchar a las víctimas del conflicto establecidas en la ciudad” (Acuerdo 491 de 2012, Artículo 4). En cumplimiento de lo expuesto, se presenta ante el honorable Concejo de la ciudad el presente informe sobre el desarrollo de la política pública de víctimas del conflicto armado residentes en la ciudad para la vigencia 2017. Tanto el SDARIV como la ACDVPR han venido evolucionando en el cumplimiento de los requerimientos y exigencias normativas establecidos en la Ley 1448 de 2011, en los decretos reglamentarios y la jurisprudencia existente en la materia. Para tal fin y bajo el entendido que Bogotá es la ciudad que presenta el mayor número de población desplazada en el país y la segunda con mayor número de víctimas de conflicto armado, se ha venido trabajando y articulando la oferta Distrital de manera tal que se pueda dar respuesta a las necesidades de la población víctima, la cual, por concepto de la Corte Constitucional es sujeto de especial protección y requiere una oferta especial con un presupuesto destinado específicamente al cumplimiento de lo estipulado por la política. Desde el año 2017 Bogotá viene trabajando en un modelo de intervención que se construye desde los fundamentos normativos de la política, que además entiende las dinámicas de ciudad, la capacidad de respuesta de las entidades del Distrito frente a la situación de las víctimas que residen en Bogotá y la importancia de la corresponsabilidad y las competencias por nivel de gobierno en lo que frente a este tema se establece desde la norma y la jurisprudencia. Este modelo se levanta con una lógica temporal y clasifica las distintas intervenciones no de manera sectorial sino en respuesta a las diferentes etapas de la política pública."Por medio del cual se modifica el acuerdo 370 de 2009, se crea el Sistema Distrital de Atención y Reparación Integral a las Víctimas de graves violaciones a los Derechos Humanos, delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra en Bogotá D.C., se adicionan lineamientos a la política pública y se dictan otras disposiciones".“Por medio del cual se reglamenta el artículo 7 del Acuerdo 491 de 2012, en lo que corresponde a la creación y funcionamiento del Observatorio Distrital de Víctimas del Conflicto Armado”.

9 DE ABRIL 2018
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Informe sobre estado de la medición de indicadores de Goce Efectivo de Derechos de las víctimas del conflicto armado en Bogotá D.C.

Domingo, Abril 7, 2019 - 15:29

Con el objetivo de medir el estado de avance en el cumplimiento de la política pública de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno, el Decreto 1084 de 2015 define los Indicadores de Goce Efectivo de Derechos–IGED-como un mecanismo de seguimiento y evaluación a dicha política pública (Artículo 2.2.8.3.81). Estos indicadores se enfocan principalmente en el goce efectivo de derechos conferidos por la ley, por parte de las víctimas de desplazamiento forzado.

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IGED
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Plan de Acción Distrital 2017

Domingo, Abril 7, 2019 - 15:27

El presente documento contiene la actualización y los ajustes al Plan de Acción Distrital para el año 2017. Sin embargo, con el ánimo de generar valor agregado y propender por el mejoramiento continuo de la política pública distrital de víctimas, este documento incluye también la visión, las apuestas transversales y los desafíos que se pretenden afrontar durante la vigencia, buscando no solo responder a un requerimiento legal sino también hacer de este instrumento la hoja de ruta que enmarque el accionar del Distrito en su objetivo de contribuir a la prevención, protección, asistencia, atención y reparación integral a las víctimas del conflicto armado residentes en Bogotá. Vale la pena señalar que bajo el entendido de que toda política pública, en especial la de víctimas, es dinámica se propone que este documento esté en constante actualización, de manera tal que en el transcurso de la vigencia se le pueda agregar un capítulo que contenga los compromisos de la Nación y otro que surja como resultado del esfuerzo de transversalización del enfoque de género y diferencial al cual se hará referencia más adelante.

Este PAD 2017 no debe ser entendido como un instrumento de planeación aislado, por el contrario, existe una lógica causal en la política pública que tomando como insumo el marco normativo existente y las lecciones aprendidas de la implementación de la política, partió de la construcción del Plan Distrital de Desarrollo “Bogotá Mejor para Todos”, el cual contiene dentro del pilar denominado “Construcción de Comunidad” el capítulo “Bogotá Mejor para las Víctimas, la Paz y la Reconciliación”. Mientras el Plan de Desarrollo estableció tanto el marco general como los lineamientos que orientarían la acción de la política durante el cuatrienio, es en el Plan de Acción Distrital en dónde se aterrizaron los compromisos en términos de metas y recursos específicos para el cuatrienio. Si bien el Plan de Acción Distrital es de carácter indicativo, es el instrumento de planeación por excelencia en materia de víctimas, toda vez que es en este documento en donde se puede divisar el camino y las apuestas que se harán durante la actual administración.

PAD 2017
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Plan de Acción Distrital 2016 - 2020

Domingo, Abril 7, 2019 - 15:22

La Alcaldía Mayor de Bogotá en cabeza del Alcalde Mayor Enrique Peñalosa Londoño, presenta el Plan de Acción Distrital (PAD) para la implementación de la Política Pública de Prevención, Protección, Asistencia, Atención y Reparación Integral a la población Víctima que actualmente reside en la ciudad de Bogotá. 

El PAD contenido en este documento, se encuentra enmarcado dentro de los lineamientos de política pública establecidos en el Plan de Desarrollo del Distrito: “Bogotá Mejor Para Todos 2016 - 2020”. La sección “Bogotá mejor para las víctimas, la paz y la reconciliación” del Plan de Desarrollo hace parte del tercer pilar del plan denominado “Construcción de comunidad”, el cual evidencia el objetivo de esta administración: convertir a Bogotá en referente de paz y reconciliación a nivel nacional. Esto solo será posible a través de una adecuada política pública de prevención, protección, asistencia, atención y reparación integral para la población víctima del conflicto armado y una ambiciosa política de construcción de paz y reconciliación con un enfoque comunitario

PAD 2016-2020
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